Las
personas que teniendo conocimiento de la presencia o la
sospecha de las enfermedades o plagas aquí listadas
que no notifiquen a la SAGARPA serán sancionadas
conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Sanidad Animal,
Norma Oficial Mexicana NOM-046-ZOO-1995, Sistema Nacional
de Vigilancia Epizotiológica y el Artículo
254 Fracción II del Código Penal para el
Distrito Federal en Materia de fuero común y para
toda la república en materia de fuero federal.
La
SAGARPA podrá coordinarse con las instituciones
involucradas cuando se presenten enfermedades exóticas
que no son propias de animales silvestres y que no están
catalogadas aquí o que representen un riesgo importante
para la población animal y humana al introducirse
y diseminarse en el territorio nacional.
Te
recordamos que para el Distrito Federal los teléfonos
de la SAGARPA son el: 56 41 73 37 y el 56 76 13 96 con
atención del MVZ Julio Soto.
MVZ
Sergio Conde Ramírez
Coordinador de Jurídico y
Comité Consultivo ante la Secretaria de Salud